Programa de Ciudadanía por Inversión (CBI) de St. Kitts

La Federación de St. Kitts y Nevis, ubicada en las Islas de Sotavento del Caribe, es el estado soberano más pequeño de las Américas. Conocida por su diversidad natural y su vibrante sector turístico, la federación une las islas de St. Kitts y Nevis, cada una con ciertas regulaciones independientes. Establecido en 1984, el Programa de Ciudadanía por Inversión es la iniciativa más antigua de su tipo en el mundo.

Beneficios clave de la ciudadanía en St. Kitts
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Viajes sin visa: Acceso a más de 150 países, incluidos la UE, el Reino Unido, Irlanda, el Caribe y las naciones de la Commonwealth.
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Sin requisito de residencia: La ciudadanía puede obtenerse sin necesidad de residir en la federación.
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Sistema fiscal favorable: Sin impuestos sobre la renta, el patrimonio o las herencias.
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Sin requisito de viaje para la aplicación: No se requiere que los solicitantes visiten St. Kitts y Nevis durante el proceso.
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Ciudadanía exclusiva: La aprobación de la ciudadanía está sujeta a una estricta verificación de antecedentes y se concede a discreción del gobierno.
Opciones de inversión
1. Opción de donación
Contribuciones realizadas al Fondo de Diversificación de la Industria Azucarera (SIDF):
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Inversionista únicamente: $250,000.
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Inversionista + cónyuge: $300,000.
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Inversionista + cónyuge + 2 dependientes: $350,000.
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Inversionista + hasta 5 dependientes: $450,000.
2. Opción de inversión inmobiliaria
Inversiones en proyectos inmobiliarios aprobados por el gobierno:
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Inversión mínima: $400,000.
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Período de retención obligatorio: 5 años.
Tarifas de procesamiento del gobierno:
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Inversionista: $50,000.
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Cónyuge: $25,000.
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Dependientes menores de 18 años: $25,000 cada uno.
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Dependientes entre 18 y 25 años: $50,000 cada uno.
Honorarios legales y de fideicomiso:
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1% del precio de compra.
Tarifas adicionales
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Honorarios de debida diligencia:
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$7,500 para el solicitante principal.
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$4,000 para el cónyuge o dependientes mayores de 16 años.
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Tarifa de procesamiento: $1,000.
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Tarifas de naturalización y timbre: $250.
¿Quién califica como dependiente?
Los dependientes pueden incluir:
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Hijos menores de 18 años o entre 18 y 25 años que sean estudiantes a tiempo completo y estén completamente a cargo del solicitante.
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Hijas solteras menores de 25 años que vivan con el solicitante y dependan de él.
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Hijos o dependientes con discapacidades físicas o mentales.
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Padres o abuelos mayores de 55 años que vivan con el solicitante y dependan de él.
¿Por qué elegir Ilitia?
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